CÓDIGO DE ETICA ARPRM

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CÓDIGO DE ÉTICA

VALORES

INTEGRIDAD.-Realizar nuestra labor con honradez y rectitud. Cumplir con las normas y valores de éste código para proteger nuestra reputación personal y profesional , la de los patrocinadores y la de nuestros clientes.

HONESTIDAD.- Cumplir con los más altos estándares de exactitud y veracidad al promover nuestros intereses o los de aquellos que representamos en la práctica de nuestra profesión. Actuar con transparencia y verticalidad, evitando acciones que representen conflicto de interés.

LEALTAD.- Guardar fidelidad a nuestros patrocinadores y clientes. Proteger la confidencialidad de la información privilegiada

EQUIDAD.- Actuar de forma justa con nuestros patrocinadores, clientes, colegas, empleados, proveedores y medios de comunicación, así como promover la igualdad de derechos, deberes y el bien común.

PROFESIONALISMO.- Ejercer las relaciones públicas con una base adecuada de estudio e investigación, de una forma forma proactiva y responsable.Fortalecer este ejercicio mediante continuo desarrollo profesional. En su quehacer profesional, los miembros de la Asociación de Relaciones Públicas de la Riviera Maya deberán actuar conforme a los valores y normas establecidos en este código de ética.

Todo miembro de la Asociación de Relaciones Públicas de la Riviera Maya:

Cumplirá con las leyes y reglamentos aplicables para el ejercicio de la profesión

Cooperará activamente con la Asociación para mantener, ejecutar y reforzar los valores y normas del Código de Ética de la Asociación de Relaciones Públicas de la Riviera Maya

Ofrecerá los servicios para los que fue contratado,

Informará sobre cualquier situación personal o profesional que le impida asesorar a su cliente de de forma objetiva.

No aceptará ejecutar planes, estrategias y tácticas desarrolladas por otro profesional sin el consentimiento del propietario, ni copiará en lo sustancial obras ajenas, tales como nombres, estribillos, logotipos, entre otros distintivos de un concepto, producto o servicio.

Facturará sus honorarios de forma correcta

No garantizará resultados específicos como resultado de acciones que dependan de terceros, ni aceptará compensación económica en base a de este criterio.

Propiciará el flujo de información para tomar decisiones informadas

Asesorará a su cliente sobre las consecuencias de incurrir en conducta antiética, inmoral e ilegal.

Nunca proveerá información falsa para adelantar sus intereses o los de su cliente.

No incurrirá en prácticas de competencia desleal

No realizará actividades ni representará a clientes que compitan o que estén en conflicto a menos que sea notificados previamente y estén de acuerdo.

Mantendrá en confindencialidad la información privilegiada de sus pasados y presentes clientes, a menos que cuente con la autorización de estos para su divulgación o que le sea requerido por ley.

No incurrirá en prácticas de soborno para lograr acciones deseadas por parte de clientes, periodistas, medios de comunicación, funcionarios de gobierno, ni ningún otro ciudadano

No atentará contra la reputación de sus colegas a través de expresiones o acciones.

Deberá informa a la Asociación de Relaciones Públicas cuando tenga evidencia de que un socio ha incurrido en alguna práctica antiética o ilegal.